@abrilpenaabreu
¿Cómo es posible que los fondos de pensiones puedan financiar proyectos empresariales por miles de millones de pesos, mientras un trabajador que enfrenta una necesidad extrema no puede retirar libremente el dinero acumulado en su cuenta?
La pregunta es legítima, especialmente cuando se trata de una persona con una enfermedad catastrófica y sin cobertura suficiente para costear su tratamiento, pero debemos distinguir entre una inversión y un retiro.
Cuando una empresa recibe recursos de los fondos de pensiones mediante bonos u otros instrumentos financieros, asume una deuda. Debe devolver el capital y pagar intereses, esos rendimientos contribuyen al crecimiento de las cuentas de los trabajadores.
Cuando un afiliado retira parte de su fondo, en cambio, ese dinero sale definitivamente del sistema y deja de generar rentabilidad para su futura pensión, los fondos necesitan invertirse, si permanecieran inmóviles durante décadas, la inflación reduciría su valor. Invertirlos no constituye un privilegio para los empresarios, sino un mecanismo para proteger y hacer crecer el ahorro de los afiliados.
Esto no significa que el sistema deba ignorar las necesidades humanas. Actualmente, quienes padecen una enfermedad terminal pueden solicitar la devolución de sus fondos si cumplen los requisitos establecidos, sin embargo, no toda enfermedad catastrófica es terminal.
Por eso debería estudiarse un mecanismo que permita acceder a una parte limitada de los recursos ante condiciones catastróficas debidamente certificadas, con porcentajes máximos y controles rigurosos.
Lo que no podemos hacer es abrir la puerta a retiros indiscriminados. Eso dejaría a miles de trabajadores sin protección durante la vejez y podría afectar la estabilidad de los fondos de todos, también debe aclararse que estos recursos no se entregan a las empresas por la decisión de una sola persona.
Cuando se trata de valores de oferta pública, la emisión debe cumplir el proceso de autorización e inscripción correspondiente, la Comisión Clasificadora de Riesgos y Límites de Inversión determina cuáles instrumentos califican, evalúa su riesgo y fija cuánto puede invertirse por instrumento y por emisor.
Esta comisión es un órgano colegiado integrado por representantes de varias instituciones del sistema financiero y por una representación técnica de los afiliados, además, los instrumentos deben contar con calificaciones de riesgo, demostrar capacidad de pago y cumplir reglas de diversificación y concentración.
Dentro de esos límites, las AFP toman las decisiones de inversión y Superintendencia de Pensiones fiscaliza a las administradoras y verifica que los recursos sean manejados conforme a la ley.
La SIPEN, por tanto, no funciona como un banco que decide a cuál empresario prestarle el dinero, su responsabilidad es supervisar las operaciones y proteger la integridad de los fondos.
El sistema necesita mejores pensiones y respuestas más humanas ante situaciones excepcionales, pero también necesita instituciones capaces de impedir que los ahorros previsionales sean utilizados sin reglas, el equilibrio consiste en atender la necesidad de hoy sin destruir la seguridad de mañana.



