Turismo

Pro Consumidor Condena a Playa Nueva Romana por Publicidad Engañosa

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El Pregonero, Romana – El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) , acogió la denuncia presentada por un grupo de propietarios y adquirientes dentro del proyecto PLAYA NUEVA ROMANA. La misma fue apoyada por la Junta de Vecinos del proyecto, ubicado en la Provincia San Pedro de Macorís, contra las empresas Promociones BP La Romana, S.R.L. y la Administración Comunidad General BPR (ACOGE), las cuales son parte del GRUPO PIÑERO, quien cuenta congran presencia en el ramo hotelero en el país a través de su cadena de hoteles BAHIA PRINCIPE.

Se trata de la segunda vez que el reconocido grupo hotelero enfrenta acusaciones ante PRO CONSUMIDOR y se obtiene resolución favorable a favor de los consumidores denunciantes.  Llama la atención que GRUPO PIÑERO ha sido sujeto de acusaciones similares en desarrollos inmobiliarios en destinos turísticos en otras partes del continente. En el año 2021 el grupo hotelerofue objeto de un proceso de reclamo y denuncia similar por publicidad engañosa y de incumplimientoscontractuales en México, en el proyecto “Tulum Country Club”, ubicado en Playa del Carmen en el Estado de Quintana Roo, en el cual intervino la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), por numerosas acusaciones de violación de la Ley Federal de Protección al Consumidor de México.

La resolución de PRO CONSUMIDOR, de nuevo reconoce y retiene faltas atribuidas a los proveedores por violaciones a diversas disposiciones legales y contractuales en el proyecto inmobiliario, y ordena a expresamente respetar y cumplir las obligaciones establecidas en el contrato-reglamento del proyecto. Entre los aspectos comprobados por PRO CONSUMIDOR se encuentra que desde hace más de 15 años en su oferta incluye una marina nunca construida, y tampoco provee a los residentes informaciones sobre los pesticidas utilizados en el proyecto, ni sobre la calidad del agua, comprometiendo la seguridad y la salud de los residentes.

Como parte de la decisión marcada con el número 1739-26, fechada el 23 de septiembre de 2026 y comunicada el5 de octubre, PRO CONSUMIDOR verificó y declaró la violación de los artículos 33, literales c) y d), 75, 82, 88, y 98, literales b) y f) de la Ley 358-05 sobre protección a los derechos de los consumidores, y ordenó a Promociones BP La Romana y ACOGE depositar en un plazo máximo de 15 días hábiles el contrato de compraventa del proyecto y el reglamento de la Urbanización Residencial Playa Nueva Romana, para su revisión y posterior registro.
La institución también fue clara al advertir que el incumplimiento de la resolución y la falta de entrega de la constancia de cumplimiento podrían dar lugar al inicio de un procedimiento sancionador, conforme a la Ley 358-05.

La decisión representa un precedente relevante, tanto para los propietarios y residentes de Playa Nueva Romana como para los adquirientes e inversionistas en general dentro de proyectos inmobiliarios en la República Dominicana, al reafirmar que los compromisos asumidos mediante contratos y reglamentos deben ser respetados por los proveedores.

PRO CONSUMIDOR, otorgó el plazo de 30 días a la empresa para ejercer los recursos correspondientes, incluyendo reconsideración, recurso jerárquico o acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa.

La resolución marca un punto importante: los derechos de los consumidores y las obligaciones contractuales no pueden quedar sujetos a interpretaciones unilaterales; deben ser respetados y cumplidos.