La dignidad humana en el Estado social y democrático de derecho

Por pregoadmin

Por Yulibelys Wandelpool R.


El Estado se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona y se organiza para la protección real y efectiva de los derechos fundamentales que le son inherentes. La dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos, según reza el art. 38 de la Constitución dominicana.

En un video que circula en las redes sociales del momento en que el exministro de Salud Pública Freddy Hidalgo fue detenido, se puede observar cómo las autoridades policiales se presentaron a la residencia del exfuncionario e intentan sacarlo en ropa interior. Mientras los policías insisten en llevarse a Hidalgo en ropa interior, él les pide que lo dejen cambiarse de ropa porque no puede salir así. “¡Deje por lo menos vestirme, deje ponerme una ropa, por Dios!”, gritaba mientras lo sacaban agarrado de una mano de su residencia. (Fuente: https://www.elcaribe.com.do/destacado/videoapresan-en-ropa-interior-a-exministro-de-salud-publica-freddy-hidalgo/).

Este hecho, necesariamente, nos hace reflexionar sobre el espíritu del constituyente, establecido en el art. 7 de la Carta Magna, cito: la República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, organizado en forma de República unitaria, fundado en el respeto de la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo, la soberanía popular y la separación e independencia de los poderes públicos.

Llevar a la práctica la dignidad humana conlleva grandes dosis de tolerancia, apertura a lo novedoso y respeto a la institucionalidad, el reconocimiento de la dignidad humana de la teoría a la práctica demanda mucho esfuerzo y pensamiento crítico, pues quienes están llamados a garantizar este derecho humano, ocasionalmente pueden transgredirlo.

La institucionalidad, por tanto, es el respeto a reglas del juego, formales o informales, establecidas por las personas para relacionarse en un esquema que genere mayor confianza y garantía de derechos, uno de los aspectos que se desprenden de la cláusula constitucional del Estado Democrático lo constituye el ejercicio de la función administrativa en base a los principios de objetividad e imparcialidad, de lo que se deriva la opción constitucional por un sistema burocrático profesionalizado, así como el establecimiento de reglas de comportamiento tendentes a asegurar el correcto uso de las potestades administrativas.

En concreto, lo que se espera es que culpable o inocente, a todo imputado se garantice el respeto a la dignidad humana, enmarcados en el principio de legalidad, debido proceso y estricto apego a los principios establecidos en la constitución y leyes dominicanas.

La autora es Abogada, magister en Derecho Administrativo. Directora de Lextratega Servicios de Consultoría. [email protected] Redes sociales: @ywandelpool / @lextratega.rd


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