Foro de Partidos advierte a JCE es ilegal que afiliados de los partidos participen en eventos de otras organizaciones

Por pregoadmin

El Pregonero, Santo Domingo. El Foro Permanente de Partidos Políticos de la República Dominicana (FOPPPREDOM), a través de su Consejo Directivo, advirtió a la Junta Central Electoral que los afiliados de las organizaciones políticas no pueden participar en los eventos de otras porque es ilegal.

Se dispone clara y expresamente en el ordenamiento jurídico especializado de partidos que, quienes tienen derecho a participar en la precampaña de una organización política son sus afiliados, como al efecto dispone el artículo 30 numeral 1 de la Ley de Partidos, calificando la prerrogativa de elegir y ser elegibles como un derecho de los miembros de los partidos.

Precisamente es éste el sentido del artículo 49 de la Ley de Partidos: para poder ostentar una precandidatura se exige tener un tiempo de militancia mínimo dentro del partido, lo que significa que este derecho de elegir y ser elegido se confiere de manera expresa y excluyente a favor de los afiliados de las agrupaciones políticas.

Por si fuera poco, el artículo 8 de la Ley de Partidos dispone claramente que la afiliación a otro partido y la participación en actividades de partidos contrarios implicarán la renuncia automática a toda afiliación anterior. Y, además, los que participen en el evento de otro partido no solamente renuncian al suyo, sino que además, como disponen el calendario y los reglamentos de la JCE, no podrá participar en la convención de su partido.

Incluso JCE decidió, al rechazar la participación conjunta en primarias de los partidos Alianza País y Opción Democrática, que “el espíritu de las primarias es que sean procesos internos, ajenos a la injerencia o influencia de otro partido, razón por la cual no está prevista la participación conjunta de partidos en dichos procesos”.

Dicha participación de militantes de unos partidos en eventos ajenos se ha convertido en una de las preocupaciones fundamentales de todos los partidos del sistema, pues abre la posibilidad de que se produzcan situaciones penalmente relevantes –compra de adherentes– como forma de ejercer influencia indebida en la selección de candidatos favorables o desfavorables, entre otras.

Teóricamente puede votar en una primaria abierta cualquier elector que figure en el padrón de la JCE, pero desde que vota, automáticamente, deja de pertenecer a su organización política, pierde todos los derechos que hubiere tenido en ella, incluso las posiciones dirigenciales, pasando a convertirse en militante de la organización en la que participa.

En consecuencia, el FOPPPREDOM solicitó a la JCE para que se realicen campañas de orientación de los votantes y miembros de los partidos, porque muchos creen que al ser “abiertas” las primarias, entonces pueden votar y no sufrirán ninguna consecuencia, lo que es totalmente falso.

El FOPPPREDOM solicitó a la JCE colocar un aviso en el sistema automatizado de votación, para que al chequear la cédula, si el votante aparece inscrito en un partido se le advierta de inmediato que será excluido de su partido y quedará como miembro del partido en cuyo evento participa, sin ninguna clase de derechos porque ni siquiera estará debidamente registrado mediante una ficha de afiliación.


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