Por Kelvin Ortiz Faña
El Pregonero, Santo Domingo. – La Superintendencia del Mercado de Valores (SIMV), que dirige Ernesto Bournigal, presupuestó US$5,900 para contratar servicios de consultoría legal especializada destinados al análisis e interpretación de la Ley núm. 249-17, pese a contar con nueve empleados en su estructura jurídica, cuyos salarios brutos representan aproximadamente RD$16.7 millones anuales.
De acuerdo con la nómina oficial correspondiente a septiembre de 2026, la institución dispone de una Dirección Jurídica encabezada por Sarah Estefany Roa Ramírez, quien devenga un salario mensual de RD$345,030.40, equivalente a RD$4,140,364.80 al año.
A esta dependencia también pertenecen dos encargadas de divisiones: Auri Cristal Nova Hidalgo, responsable del área de Litigios, con un salario mensual de RD$211,640, y Miosotis Mercedes Linia Pichardo, encargada de Elaboración de Documentos Legales, con una remuneración de RD$220,105.60.
Asimismo, figuran seis abogados distribuidos entre las áreas de Sanciones y Litigios y Elaboración de Documentos Legales, con salarios individuales que oscilan entre RD$90,973.38 y RD$129,792 mensuales.
En conjunto, estos nueve empleados representan una nómina bruta mensual de RD$1,393,858.76, equivalente a RD$16,726,305.12 anuales, sin incluir regalía pascual, aportes patronales ni otros beneficios laborales.
Contratación de US$5,900 para interpretar una ley
Según la certificación de apropiación presupuestaria identificada con el expediente SIV-CCC-PEPS-2026-0009, la Superintendencia reservó US$5,900 para la contratación de servicios de consultoría legal especializada para el análisis e interpretación de la Ley núm. 249-17, normativa que regula el mercado de valores dominicano.
El documento, fechado el 7 de octubre de 2026, fue emitido por la Dirección Administrativa y Financiera, encabezada por Milli M. Núñez Cruz, a requerimiento de la Dirección Jurídica.
La certificación establece que la contratación se realizará mediante un procedimiento de excepción denominado Personalísimo, mecanismo contemplado para determinados servicios que requieren condiciones particulares del proveedor.
Cuestionamientos sobre la necesidad de contratar servicios externos
La contratación genera interrogantes sobre la necesidad de destinar recursos adicionales a la interpretación de una legislación directamente vinculada con las funciones de la Superintendencia, especialmente cuando dispone de una estructura jurídica permanente financiada con recursos institucionales.
La Ley núm. 249-17 constituye uno de los principales instrumentos normativos que rigen las operaciones y responsabilidades de la entidad supervisora del mercado de valores.
Aunque determinadas consultas pueden requerir conocimientos altamente especializados, la certificación presupuestaria examinada no detalla las razones por las cuales el análisis solicitado no podría ser realizado por los profesionales que integran la Dirección Jurídica.
Tampoco especifica, en el documento presentado, el nombre del especialista que prestaría el servicio, los productos jurídicos que deberá entregar ni los criterios utilizados para establecer el monto de US$5,900.
Es importante precisar que la certificación acredita la disponibilidad y reserva de fondos para la contratación, pero no constituye por sí sola una prueba de que el dinero haya sido desembolsado.
Piden explicaciones sobre el uso de los recursos
Ante esta situación, surgen preguntas sobre la eficiencia en el manejo de los recursos de la Superintendencia del Mercado de Valores y la necesidad de contratar asesorías externas cuando la institución dispone de abogados y responsables de áreas jurídicas con remuneraciones significativas.



