El Pregonero, Santo Domingo.- La empresa energética Seaboard Transcontinental, durante una rueda de prensa ayer jueves, no pudieron demostrar con documentos el cumplimiento regulatorio y normativo para operar y tener barcazas en río Ozama, solo se limitaron a acusar al Instituto de Abogados para la Protección del Medio Ambiente (INSAPROMA) y algunos ambientalistas de dar informaciones equivocadas.
Los ejecutivos de la empresa expresaron que, a lo largo de 32 años, sus operaciones se han llevado a cabo bajo la estricta supervisión de múltiples autoridades del Estado dominicano, incluyendo a once ministros de Medioambiente y Recursos Naturales, diez Superintendentes de Electricidad, así como múltiples Directores Ejecutivos de la Comisión Nacional de Energía (CNE), Ministros de Energía y Minas (MEM), Vicepresidentes Ejecutivos de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) y Administradores Generales de la Corporación Dominicana de Electricidad (CDE), así como la Armada de la República Dominicana, pero sin presentar ningún documento.
“En cuanto a nuestro cumplimiento de las normas ambientales, podemos comenzar por decir que somos la tercera empresa en todo el país y la primera del sector eléctrico en obtener una licencia ambiental en el año 2000 para nuestra planta la Estrella Del Mar para la cual depositamos toda la documentación requerida por ley, incluyendo su estudio de Impacto Ambiental”, dijeron, sin presentar documentos que sustentarán sus declaraciones.
Dijeron que lo propio hicieron para la instalación de la planta Estrella Del Mar Il y Estrella Del Mar III, para las cuales el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA) les requirió presentar las declaraciones de impacto ambiental para otorgar los permisos ambientales correspondientes.
“Desde entonces, hemos cumplido a cabalidad con la presentación semestralmente de los Informes de Cumplimiento Ambiental (ICA) y con los procedimientos requeridos para la renovación de cada permiso una vez que estos concluían su vigencia. Toda esta documentación ya depositada en el MIMARENA está disponible para su validación en nuestra empresa”, indicaron.
Denuncias
El Programa de Acción Comunitaria por el Medio Ambiente (PACMA) depositó ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) una Medida Cautelar Anticipada a los fines de anular la resolución 0022-221 otorgada por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales a la empresa Seaboard, la cual modificó su licencia ambiental y autorizó la instalación de la planta de generación eléctrica Estrella de Mar III sobre el río Ozama sin los debidos permisos y sin cumplir todos procesos legales correspondientes.
PACMA expuso que esa resolución de fecha 30 de abril del 2021, modificó la licencia ambiental 0003-01 renovada de fecha 30 de marzo de 2020, otorgada a favor de Seaboard, la cual autoriza la operación de la planta Estrella de Mar III, “pero lo consigna como una sustitución de la barcaza Estrella de Mar II y, sin embargo, la empresa lo que hizo fue ponerla a operar de manera paralela ambas plantas. Además, esa misma resolución otorgó un plazo de 2 años no renovable para que Estrella de Mar III sea trasladada”.
El PACMA expuso que “la permanencia de los efectos de esta inusual resolución dictada por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, supone una licencia para afectar al medio de ambiente de toda la zona territorial donde se encuentra situada Estrella de Mar II, en tanto que, estas nuevas máquinas –que no guardan relación con la licencia primogenia- son colocadas sin la debida permisología y al margen del debido proceso administrativo”.
La entidad defensora de los recursos naturales considera, además, que esa decisión, contenida en la citada resolución administrativa, fue dictada en franca violación a las normas que rigen el sistema de protección de medio ambiente y recursos naturales, en detrimento del interés general.
Entiende que existe urgencia para la adopción de la medida cautelar, ya que, de no suspenderse la resolución citada, habría afectaciones irreparables al medio ambiente.
Otras denuncias
Organizaciones de defensa y protección del medio ambiente depositaron una solicitud formal al nuevo ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Miguel Ceara Hatton, para que investigue el expediente completo de las barcazas de generación eléctrica ubicadas sobre el río Ozama, propiedad de Seaboard Transcontinental y se dará cuenta de que las mismas son ilegales y lo que procede es su traslado inmediato por el daño que causan a la salud y al medio ambiente.
“Estamos confiados en que el nuevo ministro Miguel Ceara Hatton es un hombre que viene de los organismos internacionales y sabe que lo principal en un país es la educación y la salud. Estamos apelando a su bondad para que revise todo este proceso que se ha realizado de manera ilegal con relación a las barcazas que están en el río Ozama. Estamos seguros que el petitorio que le hemos hecho, lo va a ejecutar, que es que remueva ya esas barcazas de ahí, que las traslade a cualquier otro lugar porque ahí no pueden seguir”, afirmó Euren Cuevas, director Ejecutivo del Instituto de Abogados para la Protección del Medio Ambiente (INSAPROMA).
Indicó que hacen esa petición amparados en la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales que establece que cualquier industria que pueda impactar de manera negativa la salud de las comunidades no se le dará ningún tipo de permisos ni el Ministerio de Medio Ambiente ni las alcaldías. “Es bien claro ese artículo 113 en su párrafo 1 que no pone en manos del Ministerio de Medio Ambiente permisos, es decir que tiene que negarlo inmediatamente”, dijo.
Expuso que Ceara Hatton debe revisar la decisión que se tomó en el año 2017 por el entonces ministro de Medio Ambiente, Francisco Domínguez Brito, de negar la renovación de licencia a Seaboard Transcontinental y otorgó un plazo para remover la única barcaza que tenía entonces, la Estrella de Mar II.
Informó que el nuevo ministro también debe investigar a fondo la resolución 0022-2021 del año 2021 que modificó la licencia ambiental 0003-01 renovada de fecha 30 de marzo de 2020, otorgada a favor de Seaboard, la cual autoriza la operación de la planta Estrella de Mar III, pero en sustitución de Estrella de Mar II. Y, sin embargo, la empresa lo que hizo fue poner a operar ambas plantas de manera paralela. Además, esa misma resolución otorgó un plazo de 2 años no renovable para que Estrella de Mar III sea trasladada.



