Juez de la Instrucción de Montecristi conocerá coerción autor de subir video de militar teniendo relaciones sexuales con homosexual haitiano

Por pregoadmin

El Pregonero, Montecristi.- El juez de la instrucción de Montecristi fue apoderado por la fiscalía de esta provincia para conocer la solicitud de medida de coerción de prisión preventiva contra el imputado y aparente autor de grabar y subir el video en la cual se observar en desarrollo una relación sexual entre dos personas. 

La audiencia está fijada para el lunes 1 de abril a las 2:00 de la tarde. 

El ciudadano Cesarin Vásquez era miembro del Ejercito de la República Dominicana y prestaba servicio en la 15ta Compañía, Fortaleza San Fernando ERD, de la ciudad de Montecristi.

 Vásquez Casanova, en horario fuera de su servicio militar fue ilegalmente grabado manteniendo relación sexual con una persona de la comunidad GLTB. Este video fue grabado y subido a las redes por el imputado Josué Elías Tejada Felipe.

El vídeo se hizo viral y el miembro del EN, con rango de sargento, fue cancelado de la institución inmediatamente y fue objeto de burlas por parte de sus amigos y relacionados cayendo en un profundo estado depresivo. (Ver video)

De igual forma fue afectado sus hijos y esposa. Los hijos (Cesarina Vásquez Encarnación, Nicor Vásquez Encarnación y Marie Vásquez Beltre) hasta la fecha no han podido continuar el desarrollo de su clase en su escuela, ya que son objeto de bullying (Acoso físico o psicológico al que someten, de forma continuada, a un alumno sus compañeros).

Esta conducta realizada por el imputado Josué Elías Tejada Felipe se subsume en la descripción de los hechos tipificados en los artículos 337, 337-1, del código penal Dominicano y artículo 19, 21, 22, de la ley 53-07, sobre crímenes y delitos de alta tecnología en perjuicio de Cesarin  Vásquez  Casanova.

La Ley No. 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología tipifica y sanciona el uso de equipos para invasión de privacidad, difamación e injuria por medios electrónicos descriptos en los artículos 19, 21 y 22.

El código penal tipifica y sanciona el atentado a la intimidad y privacidad en los artículos 337 y 337-1.

Estos delitos se castigan con penas de prisión hasta 5 años y multas

Los abogados John Garrido y Yonny Acosta Espinal son los representantes de la víctima y querellante Cesarin Vásquez Casanova, quienes subirán conjuntamente con el representante del Ministerio Público de esta provincia.


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