Política

Ito Bisonó llama a la población a “planificarse y ser austeros”; no explica la “Nominilla Temporal” con supuestos dirigentes PRSC

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El galón de gasolina premium se vende en esta semana a RD$293.60. Cuando se le pregunta al ministro de Industria, Comercio y Mipymes si llegará a costar el alto histórico de RD$300, prefiere no responder.

Al consultarle, entonces, si hay un llamado desde el Ministerio para que el consumidor se prepare para las alzas que se vislumbran, muestra una foto en su celular con la portada del periódico puertorriqueño El Vocero, en la que se lee como noticia principal: “Se pagará más por la gasolina”.

El ministro Víctor –Ito- Bisonó prefiere no ser directo, pero no oculta el panorama de incertidumbre y presión para el precio de los combustibles que se avizora por el conflicto bélico entre Rusia y Ucrania.

“Lo que tenemos es que planificarnos, ser austeros y revisar toda la cadena de los procesos donde podamos ajustar algunas cosas, y el gobierno es el primero que lo ha hecho”, dijo Bisonó a la periodista Mariela Mejía de Diario Libre.

La semana pasada, el precio del petróleo intermedio de Texas (WTI) -que es el de referencia para la República Dominicana- cerró el jueves a US$107.67, frenándose varios días de subidas influidas por la guerra en Ucrania. Pero al día siguiente volvió a aumentar, a US$115.68.

Bisonó quiere que el dominicano entienda por qué paga los precios que fija el gobierno para los combustibles. Estos, de aprobarse un proyecto de ley que sometió la semana pasada el Poder Ejecutivo, ya no se fijarían cada viernes para regir durante una semana, como se hace en la actualidad, sino quincenal, y el día para anunciarse podría no ser el mismo. 

“Hemos podido observar que en una semana fluctúan los precio en los mercados internacionales y gravitan sobre el precio final. Si le damos 15 días, puede ser más estable el precio”, asegura. 

“Esos resultados de cada viernes -agrega-, no es que se inventan o (son) para molestar o favorecer a alguien, son el resultado del precio del petróleo y de la carga que tiene la propia estructura en este momento”, dice.

Sobre la “Nominilla Temporal” en Industria y Comercio

Pese al llamado del ministro Bisonó, la semana pasada corrió como pólvora en las redes sociales que algo extraño ocurre en el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, en relación a una “nómina temporal” registrada en su página web. En Twitter bajo el Ht: itoaclaralanomina usuarios de la red le piden al ministro que aclare la nómina, pero este aun no lo ha hecho, donde en su mayoría, son supuestamente dirigentes del Partido Reformista Social Cristiano.

Cuando se hace un análisis al documento y por la fecha de duración de los empleados, el MICM estaría en franca violación a la Ley 41-08 de Administración Pública.

Al verificar la nómina tiene 532 empleados por un monto ascendente a 38 millones 385 mil 166 con 67. De los 532, 531 han sido nombrados en la gestión actual y uno en la pasada. El empleado con mayor duración y único del pasado es del 03 de julio 2020 y a partir de ahí todos son del primero de septiembre 2020.

Los sueldos registrados van desde 20 mil pesos el mínimo y 200,000 mil el máximo.

Lo que dice la Ley de Administración Pública 41-08.

El Artículo 25 indica que: “Podrán nombrarse empleados temporales en aquellos cargos de carrera administrativa de naturaleza permanente que se encuentren vacantes y no puedan proveerse de forma inmediata por personal de carrera. Asimismo en los que exista un titular con derecho a reserva, que por cualquier causa prevista no pueda desempeñarlo”.

El párrafo 2 del mismo artículo dice que: “El nombramiento de personal temporal se extenderá por un plazo máximo de hasta seis (6) meses, durante el cual deberá procederse a la cobertura legalmente establecida. Si transcurrido dicho plazo el puesto no ha sido objeto de convocatoria para su provisión no podrá seguir siendo desempeñado”.

“Sin embargo, ese personal difícilmente cumpla con la primera condición, porque no hay tantos puestos de carrera que llenar y claramente no cumple con la segunda condición porque 500 exceden los seis meses que indica la ley y solo 32 tienen menos de ese número”.