El Pregonero, Provincia Santo Domingo.- En lo que constituye una flagrante vulneración al ordenamiento constitucional y un peligroso desafío a la doctrina de no deliberación de los cuerpos armados, una oficial activa del Ejército de República Dominicana (ERD) ha inscrito formalmente su candidatura para presidir la Delegación de la Provincia Santo Domingo del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA).
Fotografías y documentos obtenidos por este medio confirman que la candidata es la Capitán del Ejército de República Dominicana, Johanny Cabrera Acevedo.
La oficial, quien además posee la profesión de arquitecta, encabeza una plancha electoral que compite abiertamente bajo la bandera de la corriente gremial vinculada al oficialista Partido Revolucionario Moderno (PRM).
Este hecho enciende las alarmas jurídicas e institucionales del país, al materializar un escenario prohibido expresamente por la Carta Magna: la intromisión de militares en activo en el debate y proselitismo político-gremial.
El blindaje constitucional roto Desde una perspectiva estrictamente jurídica, la condición de arquitecta de la oficial no la exime, bajo ninguna circunstancia, de sus deberes y restricciones militares.
La Constitución de la República Dominicana, en su Artículo 252, es tajante al definir a las Fuerzas Armadas como una institución “esencialmente obediente al poder civil, apolítica, apartidista y no deliberante”.
Al lanzar una candidatura amparada por una corriente política partidaria (en este caso, la estructura gremial del PRM), la Capitán Cabrera Acevedo incurre en una violación directa al Artículo 208 constitucional, el cual despoja del derecho al sufragio activo y pasivo a los miembros de las Fuerzas Armadas, y al Artículo 25 de la Ley de Partidos Políticos (No. 33-18), que prohíbe de forma absoluta la afiliación o militancia—directa o fáctica—de los militares en organizaciones partidistas.
Expertos juristas consultados señalan que las llamadas «corrientes gremiales» operan en la realidad social como brazos políticos coordinados y financiados por los partidos.
Por ende, la participación de la oficial no es un acto académico inocente, sino un ejercicio de proselitismo activo, con discursos, solicitud de votos y exposición mediática; conductas tipificadas como faltas muy graves en la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas (No. 139-13). Un peligro para la institucionalidad y el monopolio de la fuerza El peligro de fondo de esta acción radica en la quiebra de la obediencia legal.
Si los miembros uniformados del Estado, quienes ostentan el monopolio legítimo de las armas, comienzan a deliberar, disputar cuotas de poder en gremios civiles y aliarse con partidos políticos, se desborda el principio de neutralidad que sostiene a la democracia dominicana. ¿Cómo podría una Capitán en activo presidir el CODIA—órgano que por la Ley No. 6160 es asesor del Estado en materia de obras públicas—sin caer en un conflicto de intereses destructivo? Si el gremio debiera fijar una posición crítica ante el Poder Ejecutivo por el manejo de la infraestructura nacional, la oficial se vería en la encrucijada de deliberar o confrontar públicamente a sus superiores jerárquicos: el Ministro de Defensa y el Presidente de la República, rompiendo la indispensable cadena de mando.
Consecuencias inminentes El marco legal dominicano prevé que, ante una irregularidad de esta magnitud, la candidatura de la oficial puede ser impugnada y anulada de pleno derecho ante la Comisión Nacional Electoral del CODIA por incompatibilidad constitucional. Asimismo, a nivel militar, la gravedad de los hechos activa de oficio la intervención de la Dirección de Asuntos Internos del Ministerio de Defensa.
De probarse la flagrancia de este activismo político-gremial, la normativa militar sanciona la insubordinación a los preceptos constitucionales con el retiro forzoso o la baja fulminante de las filas del Ejército. Para poder aspirar válidamente a la dirección de un gremio civil, la oficial debió haber solicitado previamente su baja voluntaria o su pase a la honrosa condición de retiro.
Intentar ejercer el proselitismo con el uniforme puesto es un precedente inaceptable que las autoridades electorales del CODIA y los altos mandos militares no pueden pasar por alto.



