Dary Terrero dice DGII debe cumplir Ley 63-17 con llamado a renovación de placas

Por pregoadmin

EL PREGONERO, SANTO DOMINGO.- Dary Terrero, analista de la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial de la República Dominicana, manifestó este miércoles que las empresas aseguradoras deben solicitar a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), que cumpla la normativa de tránsito con relación a la renovación de placas.

Terrero indicó que la DGII debe pedir a cada conductor la presentación de una póliza de seguro vigente como establece el artículo 161 de la Ley 63-17, donde se indica que para la renovación anual de la placas de vehículos será obligatoria la presentación del marbete de inspección técnica vehicular y de la póliza de seguro de vehículos de motor vigentes».

El experto hace referencia al tema a propósito de que la DGII anunciara que el proceso de renovación de marbete 2019-2020 iniciará a partir del lunes 16 de septiembre de 2019 y se extenderá hasta el lunes 16 de diciembre de 2019. 

En ese sentido destacó la información dada por el vicepresidente ejecutivo de Seguros Reservas, Osiris Mota, quien asegura que más del 40 % de los vehículos que circulan en las vías del país no está asegurado.

Osiris Mota ofreció esas declaraciones, al presentar los resultados que obtuvo Seguros Reservas durante el 2018, donde además reveló que la carga para el Estado por concepto de accidentes de tránsito ronda los RD$50,000 millones al año.  

Según lo establecido en la Ley 63-17 y sus modificaciones, a través de la renovación del Marbete, se efectúa el pago del Impuesto de Circulación de Vehículos. El marbete es una etiqueta adhesiva con secuencia numérica que funge como mecanismo de control del pago de este impuesto pagado anualmente por el derecho de circulación de los vehículos de motor. 

La Ley 225-07 establece en su Artículo 1 el impuesto anual sobre el derecho de circulación de vehículos de todo tipo de acuerdo a la siguiente tarifa:

  1. Los vehículos con más de cinco (5) años de fabricación pagarán como derecho a circulación la suma de mil quinientos pesos (RD$1,500.00)
  2. Los vehículos con cinco (5) años o menos de fabricación pagarán tres mil pesos (RD$3,000.00).

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