Elecciones de precandidatos en el exterior

Por pregoadmin

Por Rafael Eddy Alcántara


Cualquier método de elección que se escoja para la presentación de pre-candidaturas a Diputado de Ultramar debe estar apegado a los principios de equidad e igualdad establecidos en nuestra constitución en su Art. 39, por lo que entendemos que el reglamento de aplicación de la Junta Central Electoral para las primarias de los partidos, debe ser el mismo método para todos los dominicanos dentro y fuera del país.

La diáspora va a alcanzar para el año 2020 unos
500,000 votantes inscrito y somos el segundo o tercer renglón más importante en aporte a
nuestras divisas, llegando este ano pasado 2018 a unos 6000 millones de dólares.

Si el método de elección en la República Dominicana para el PRD es primarias abiertas simultáneas y con el padrón y supervisión de la Junta Central Electoral, seria discriminatorio y
violatorio de la nueva ley de partidos 33-18, además de la Constitución, si no se establecieran
las mismas reglas para el exterior.

Este reglamento de aplicación de la JCE del 12 de diciembre del 2018, dice en su Art. 35; que los partidos políticos deberán definir el método para la elección de sus candidatos en el exterior, por lo que este reglamento podría ser objeto de los recursos legales pertinentes ante las instancias competentes. No somos ciudadanos dominicanos de segunda clase, el voto en el exterior ha sido manejado con displicencia y con saga en el pasado, atendiendo a criterios carentes de justeza e igualdad, alegando en algunos casos falta de
recursos económicos, pero la realidad es que han sido maniobras atendiendo a intereses de
grupos políticos.

EL VOTO EN EL EXTERIOR es un derecho no un privilegio, un derecho establecido en el Art. 82
de la LEY Electoral vigente 275-97, en los ART. 83 Y 84 se estableció la ejecución del sufragio y
dejando en manos de la JCE su entrada en vigencia. Entendemos que algunos sectores políticos nunca vieron con agrado el voto en el exterior, con sus excepciones, razón por la cual después de muchos años de luchas iniciados en los ochentas y de la mano de JOSE FRANCISCO PEÑA GÓMEZ se logro esta conquista, pero la JCE retrasó su entrada en vigencia hasta el año 2004.

EL VOTO en el exterior hasta ahora ha sido un voto de conciencia, donde el flagelo del
clientelismo aun no ha echado raíces, por eso un proceso democrático supervisado por la JCE y
según lo establece la LEY sería lo más saludable para la dinamización de los partidos y el
desarrollo de liderazgos reales.

El autor es abogado y empresario. Reside en Estados Unidos.


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