Derechos adquiridos y abuso de poder

Por pregoadmin

Por Onofre Salvador Fulcar


No hay que ser tan ducho en materia administrativa, para entender como abuso y desconsideración extrema, la no entrega por parte de muchas instituciones públicas, de recursos que entran en la denominación de derechos adquiridos, a una gran cantidad de empleados desvinculados. No existen razones válidas, bajo las cuales se produzca tan desagradable aberración.

Los derechos son para cumplirse en los plazos establecidos, no para que se juegue con lo ajeno de una manera tan burda. En ese aspecto, se entiende que eso debió ser resuelto por los funcionarios desde el primer momento, porque es harto conocido, que las desvinculaciones, en los casos contemplados por la ley, deben seguirse con el pago correspondiente.

En ese orden, tenemos necesariamente que referirnos a la politiquería, a aquellos que ven a cualquier empleado público, no nombrado en su gestión, como un contrario y a veces similar a un terrible enemigo, lo que les lleva a maltratarlo y muchas veces a negarle o darle larga a sus prestaciones, colocándose por encima de disposiciones legales.

Después de una desvinculación, termino utilizado cuando se cancela a un servidor público, no se debe ir más allá de los 3 meses para darle su dinero. Siendo justo, la entrega debería ejecutarse desde que se materializa la decisión, pero sería mucho pedir donde se violan tantas cosas, incluidos preceptos constitucionales, de forma recurrente.

El Art. 63 de la Ley 41-08 o de Función Pública, dispone no más de 90 días para la entrega de las prestaciones a los servidores públicos desvinculados, luego del inicio de los trámites, mandato que se ha violado sin miramientos.

La Ley No. 107-13 sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, precisa en el Art. 4, numerales 3, 4 y 6, sobre los derechos a una resolución justa en las actuaciones administrativas, a una respuesta oportuna y eficaz, además de producirse en los plazos razonables.

Es lastimoso observar tanta gente, después de un año de su desvinculación, pidiendo la entrega de sus prestaciones, como si fuera un favor. Con tal actitud, no sólo se juega con las leyes e institucionalidad, sino que se muestra la cara irresponsable de unos cuantos, los que dejan ver sus niveles mínimos de sensibilidad.

Esto es gravisisimo, a veces opacado por otros temas no menos espinosos, pero que impactan negativamente en la credibilidad de una administración joven, la que señala en la práctica, con las excepciones de lugar, el poco respeto por gente que no le está pidiendo, más bien exigiendo lo que le pertenece por su tiempo de trabajo.

Por si eso fuera poco, hay una práctica, heredada del pasado, aparentemente fundamentada en disposiciones de la administración pública, que quita el derecho de prestaciones laborales, a todo aquél nombrado después de la aprobación de la ley 41-08, aspecto que debe chocar en alguna parte con nuestra Carta Magna. Eso es criminal, debe revisarse.

El presidente de la República, máxima cabeza en la dirección de la cosa pública, debe instruir a que eso se resuelva lo más pronto posible, a fin de que se cumpla lo que estipula la ley, algo que está por encima de todos los que nacimos y residimos en este territorio.

Los derechos adquiridos no son dádivas, ni celebraciones de publicidad cuando a alguien se le cumple, es pertenencia de quien ostentó una posición pública o privada, si fuere el caso, sobre lo que no se puede dar tantos rodeos, mostrando el silencio o el ignorar como respuesta.

Resuelvan eso, sus dueños esperan por lo que les pertenece.


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